Vozpópuli cubre la sentencia del TS sobre despidos veraniegos a docentes interinos
Vozpópuli recogía el pasado 13 de junio la noticia de la sentencia sobre la anulación de los despidos a docentes interinos en los meses de verano.
El Tribunal Supremo (TS) consideró nulo de pleno derecho el cese a fecha 30 de junio de los profesores interinos que son contratados en el mes de septiembre anterior para su ejercicio durante todo el curso escolar, sin remunerarles los meses de julio y agosto.
En las semanas siguientes Vozpópuli ha realizado un seguimiento de esta noticia sobre despidos a interinos y ha publicado nuevas noticias al respecto.
Noticia de Vozpópuli sobre el fallo del TS relativo los despidos de docentes interinos en junio
El TS ha considerado que la práctica de los despidos veraniegos de estos profesores interinos supone una vulneración del principio de no discriminación recogido en la Cláusula 4 del Acuerdo Marco sobre el trabajo de duración determinada que figura en el Anexo de la Directiva 1999/707CE.
De esta forma, según publica Vozpópuli, este organismo ha estimado el recurso de casación planteado por la Asociación de Interinos Docentes de la Región de Murcia (AIDMUR), junto a 74 profesores interinos no universitarios que se encontraban en esta situación.
Vozpópuli informaba sobre la sentencia de estos despidos destacando que para el TS la relación laboral que se establece entre el funcionario docente interino y la Administración educativa se ve truncada cuando aún no han concluido sus funciones, cometidos y actividades que son propios de este puesto de trabajo. Sin embargo, no ocurre lo mismo con el funcionario de carrera, lo que establece una diferencia de trato no justificada.
Dichas actividades no son las que se corresponden exclusivamente con el calendario lectivo, sino otras relacionadas la mejora de la preparación del profesorado, memorias escolares, análisis y preparación del curso siguiente, de las que se ven privados los docentes interinos afectados por estos despidos.
Algunos de los perjuicios que identifica el Tribunal Supremo para estos interinos y que recogía Vozpópuli en su noticia sobre los despidos son los siguientes: la privación de las retribuciones correspondientes en julio y agosto, la disminución proporcional de los días de vacaciones retribuidos y la repercusión en las cotizaciones de la Seguridad Social.
Una situación que se ve particularmente agravada en aquellos casos en los que la Administración educativa recupera en el siguiente curso escolar a funcionarios docentes interinos ya nombrados en el curso anterior afectados por esta situación.
La sentencia explica que la desigualdad de trato que suponen estos despidos no está justificada por razones objetivas.
Asimismo, el TS ha procedido a la anulación de los números 1 y 2 del apartado segundo del Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia relacionados con derechos retributivos y con la extinción de los contratos vigentes del personal docente interino como fecha tope el 30 de junio.
Vozpópuli informa sobre una posible retribución retroactiva para los afectados por los despidos
Cuatro días después de la noticia sobre la sentencia del TS, Vozpópuli publicaba que los sindicatos ya estaban estudiando la posibilidad de que la sentencia tuviera un posible efecto retroactivo, es decir, que los afectados perciban el salario de los meses estivales de los docentes interinos a los que se despidió durante los meses de verano.
Así pues, CSIF, CC.OO y UGT han anunciado una reclamación al Ministerio de Educación que traslade el contenido de esta sentencia a la legislación y garantice el pago de las retribuciones durante los meses de verano, a través del Estatuto Docente.
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